/Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución Nº 2, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en uso de la facultad conferida por el numeral 1º del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 493 Ejusdem., OTORGA el Beneficio de prelibertad de SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, al penado PINO MARCOS, venezolano, natural de Valencia, Estado Carabobo, nació el día 07/10/1956 de años de 53 años de edad, estado civil: Concubino, de profesión u oficio: Obrero, grado de instrucción: 6º grado.,titular de la cédula de identidad Nº 7.009.511, hijo de Carmen Pino y Faustino Medrano, domiciliado en el Barrio Michelena, avenida Las Ferias, Valencia, Estado Carabobo, teléfono: 0416-0575742 (hijo); y/o en el Barrio Francisco de Miranda, oficina frente Che Guevara, valencia Estado Carabobo, frente a una Escuela por un lapso de por el la.....