En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Sin Lugar la pretensión de cobro de bolívares en vía intimatoria, incoada por la ciudadana MARIA IGNACIA GONZALEZ, contra el ciudadano JOSE LUIS LOPEZ, ambos identificados.
Se declara sin lugar la apelación de la parte actora y queda confirmada en los términos expuestos, la sentencia definitiva, dictada en fecha 13-05-2009 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de este Primer Circuito Judicial del Estado Portuguesa.
Se condena en costas al apelante de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.