DISPOSITIVO
Por los motivos, este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD PENAL AL PENADO Gregorio Ramón García Barazarte, venezolano, mayor de edad, natural de Santa Bárbara de Biscucuy Estado Portuguesa, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-9.252.089, con ultimo domicilio registrado en la causa en el Barrio Bello Monte sector II, calle principal, casa sin número, frente al convento de las monjas; Guanare Estado Portuguesa; de conformidad con lo previsto en los artículos 105 del Código Penal y 497 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, publíquese, déjese copia, notifíquese a las partes y víctima por la vía mas expedita de ser posible, y ofíciese a los organismos pertinentes a la ejecución de la pena, ordenándose suspender toda orden de.....