DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas en la motiva, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la CADUCIDAD DE LA ACCIÓN alegada por la representación judicial del ciudadano YUJAIBLIZ DEYDYZ CHOURIO RIERA, actuando en su condición de demandante en la causa principal EXPEDIENTE Nº PP01-L-2012-000121, que cursa en el Tribunal Primero de primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Portuguesa Sede Guanare, por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte totalmente vencida de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica procesal del Trabajo.
Publíquese. Regístrese. Déjese copias certificadas de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Ci.....