Por cuanto antecede, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara Con lugar el recurso de apelación interpuesto en fecha 23-10-2007 por la abogada Zoila Rosa Fonseca Buendía, en su condición de Fiscal Auxiliar Primera del Ministerio Público Segundo Circuito del Estado Portuguesa, contra la decisión de fecha 16 de octubre de 2005, dictada por el Juez Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, mediante el cual declaró la nulidad absoluta del allanamiento practicado según el acta policial de fecha 06-10-2006 y decretó la libertad inmediata del imputado de autos JOSE ALONZO BARCO CASTRO, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, de conformidad con el artículo 173 Código Orgánico Procesal Penal . En consecuencia .....