Por las razones y consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la INTERDICCIÓN de la ciudadana ROSA MORELA RODRÍGUEZ VISCAYA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° 13.605.350, de este domicilio, solicitada por su hermana ciudadana ZORAIDA MARIBEL RODRÍGUEZ VISCAYA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.250.215, de este domicilio, debidamente asistida por el abogado JOSÉ MIGUEL ALDANA ROJAS, titular de la cédula de identidad número 8.057.833, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 128.784 y de este domicilio, en consecuencia, queda confirmada la Interdicción provisional sobre dicho ciudadano y se nombra como Tutora Definitiva a la ciudadana ZORAIDA MARIBEL RODRÍGUEZ VISCAYA, ya identificada.
En consecuencia, la interdictada no.....