DISPOSITIVA
Por los motivos y razonamientos expuestos anteriormente este Juzgado del Municipio San Genaro de Boconoito con Competencia en Asunto Alimentario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO celebrado entre los ciudadanos MARIA ISABEL QUEVEDO LOPEZ y FREISER GREGORIO RIVAS PEREZ , en beneficio de su hija, en los términos por ellos señalados. Se ordena la apertura de una cuenta de ahorros en el Banco Bicentenario de este Municipio, a los fines que sea depositado la obligación de manutención, para lo cual se librará el oficio correspondiente una vez que conste en autos el nombre del representante de la adolescente MARIA ISABEL QUEVEDO LOPEZ.