DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y TERMINADO EL MISMO, en la demanda con motivo de REVISIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en virtud de estar verificada la incomparecencia de la parte demandante, ciudadana YESENIA CORALIA MARQUEZ ZAMBRANO, identificado en autos, a la celebración de la Audiencia de Mediación.