Por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos y debidamente analizados, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: la INADMISIBILIDAD de la demanda incoada por el Abogado Zalg Salvador Abi Hassan, apoderado judicial de los ciudadanos Daniel Alfredo Martinez Antequera y Analejandra Ramos Terán, contra los ciudadanos Elias Ourfali y Abkar Ourfalli, por cumplimiento de contrato de compra-venta, todos plenamente identificados en autos.