. En consecuencia se condena al Obligado Alimentario a cancelar la cantidad de OCHENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 80.000,°°) mensuales, que representan diez (10) salarios mínimos diarios aproximadamente, . se ordena retener al ciudadano GUSTAVO CARVAJAL GERDEZ, la cantidad de OCHENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 80.000,°°) por concepto de Obligación Alimentaria; así como, se ordena la retención en los meses de Septiembre y Diciembre, la cantidad de CIENTO SESENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 160.000,°°)