En consecuencia este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la presente acción de Resolución de Contrato intentada por los Abogados JULIO RAMON FIGUEREDO y MARITZA SANDOVAL PEDROZA, venezolanos, mayores de edad, abogados, titulares de las cedulas de identidad Nros. 4.097.853 y 8.667.659 respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 14.977 y 68.005 en ese mismo orden, ambos de este domicilio, procediendo en su carácter de apoderados judiciales de el ciudadano ALVARO MEDARDO GUANCHEZ MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 4.273.357, de este domicilio, en contra de la COOPERATIVA DE SERVICIOS MÚLTIPLES GARZA BLANCA PORTUGUESA Nº 06, inscrita en el Registro Inmobiliario del Municipio Guanare Estado Portuguesa, bajo el Nº 06, Proto.....