|
|
|
 |
|
|
Decisiones del dia 28/02/2007 |
|
|
|
|
|
|
|
N° Expediente :
1E-857-05
|
N° Sentencia :
45
|
Fecha: 28/02/2007 |
Procedimiento: Redencion De Pena |
Partes: FISCAL SEXTO DEL MINISTERIO PÚBLICO, DEFENSORA PÚBICA ABG. ELSY CADENAS PEÑA, EL PENADO CANELÓN FRANKLIN JOSÉ |
Resumen:
Ahora bien conforme a las constancias que acreditan el trabajo realizado por el penado de autos, da un total de tiempo trabajado de tres (03) años, un (01) mes y siete (07) días; siendo que la Redención de pena por el trabajo o estudio, ha de ser a razón de un día de reclusión por cada dos de trabajo o estudio, de conformidad con el articulo 3° de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, es por lo que se Declara Redimida la pena impuesta al penado CANELON FRANKLIN JOSE, por el lapso de UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES, DIECIOCHO (18) DIAS Y DOCE (12) HORAS, el cual se le rebajará de la pena que originalmente le fuere impuesta y así decide este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Regístrese, notifíquese, publíquese y déjese copia.
|
Juez/Ponente:
Ana Isabel Gavidia Cirimele
|
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución
|
N° Expediente :
1E-887-05
|
N° Sentencia :
41
|
Fecha: 28/02/2007 |
Procedimiento: Redencion De Pena |
Partes: FISCAL SEXTO DEL MINISTERIO PÚBLICO, DEFENSORA PÚBLICA ABG. ELSY CADENAS PEÑA, EL PENADO PÉREZ OCHOA JULIO CESAR |
Resumen:
Ahora bien conforme a la constancia que acredita el trabajo realizado por el penado de autos, da un total de tiempo trabajado de un (01) año, cinco (05) meses y trece (13) días; siendo que la Redención de pena por el trabajo o estudio, ha de ser a razón de un día de reclusión por cada dos de trabajo o estudio, de conformidad con el articulo 3° de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, es por lo que se Declara Redimida la pena impuesta al penado PEREZ OCHOA JULIO CESAR, por el lapso de OCHO (08) MESES, VEINTIUN (21) DIAS Y DOCE (12) HORAS, el cual se le rebajará de la pena que originalmente le fuere impuesta y así decide este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Regístrese, notifíquese, publíquese y déjese copia.
|
Juez/Ponente:
Ana Isabel Gavidia Cirimele
|
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución
|
N° Expediente :
1E-900-05
|
N° Sentencia :
43
|
Fecha: 28/02/2007 |
Procedimiento: Redencion De Pena |
Partes: FISCAL SEXTA DEL MINISTERIO PÚBLICO, DEFENSORA PÚBLICA ABG. ELSY CADENAS PEÑA, EL PENADO RODRIGUEZ PINEDA YORBIN MANUEL |
Resumen:
Ahora bien conforme a la constancia que acredita el trabajo realizado por el penado de autos, da un total de tiempo trabajado de un (01) año, cinco (05) meses y dieciséis (16) días; siendo que la Redención de pena por el trabajo o estudio, ha de ser a razón de un día de reclusión por cada dos de trabajo o estudio, de conformidad con el articulo 3° de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, es por lo que se Declara Redimida la pena impuesta al penado RODRIGUEZ PINEDA YORBIN MANUEL, por el lapso de OCHO (08) MESES Y VEINTITRES (23) DIAS, el cual se le rebajará de la pena que originalmente le fuere impuesta y así decide este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Regístrese, notifíquese, publíquese y déjese copia.
|
Juez/Ponente:
Ana Isabel Gavidia Cirimele
|
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución
|
N° Expediente :
1E-874-05
|
N° Sentencia :
39
|
Fecha: 28/02/2007 |
Procedimiento: Redencion De Pena |
Partes: FISCAL SEXTA DEL MINISTERIO PÚBLICO, DEFENSORA PÚBLICA ABG. ELSY CADENAS, EL PENADO GONZÁLEZ FRANCISCO JOSÉ |
Resumen:
Ahora bien conforme a la constancia que acredita el trabajo realizado por el penado de autos, da un total de tiempo trabajado de un (01) año, siete (07) meses y cinco (05) días; siendo que la Redención de pena por el trabajo o estudio, ha de ser a razón de un día de reclusión por cada dos de trabajo o estudio, de conformidad con el articulo 3° de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, es por lo que se Declara Redimida la pena impuesta al penado GONZALEZ FRANCISCO JOSE, por el lapso de NUEVE (09) MESES, DIECISIETE (17) DIAS Y DOCE (12) HORAS, el cual se le rebajará de la pena que originalmente le fuere impuesta y así decide este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Regístrese, notifíquese, publíquese y déjese copia.
|
Juez/Ponente:
Ana Isabel Gavidia Cirimele
|
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución
|
|
|
|
|