En virtud de los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria para la Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la apelación ejercida en fecha 11 de enero 2011, por el abogado Walid Aboassi, en su condición apoderado judicial de la ciudadana Juana Alvarado, parte demandada en la presente causa.
SEGUNDO: Se anula parcialmente el auto dictado en fecha 07 de enero de 2011 por el Juzgado de Municipio Turén y Santa Rosalía de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que sobre la defensa de perención propuesta declaró que se pronunciaría en la definitiva.
TERCERO: Se ordena al Juzgado de Municipio Turén y Santa Rosalía de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que analice y decida previamente a cu.....