DISPOSITIVA
Oídas las exposiciones y solicitudes de las partes y revisadas las actuaciones presentadas durante la audiencia, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de CONTROL Nº 06 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los siguientes términos Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide PRIMERO: Se acuerda continuar la presente causa por la vía del Procedimiento ORDINARIO, de conformidad con el artículo 280 del COPP. SEGUNDO Se Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de la Libertad, de conformidad con el articulo 256 numeral 9º presentarse las veces que el tribunal lo requiera TERCERA se acuerda dejar sin efecto la orden de aprehensión en contra del el ciudadano DANIEL JOSE MUJICA RODRIGUEZ, CI N°19.063.895, CUARTO: Se acuerda Oficiar.....