DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de Derecho este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: CONDENA al ciudadano Adrián Antonio García Castellanos, titular de la cédula de identidad Nº 23813715, venezolano, nacido en Barquisimeto, estado Lara, el día 17-11-1991, soltero, estudiante de 3er. Año de secundaria, hijo de Adriana Castellanos y Freddy García, domiciliado en calle 59, carrera 7ª, casa Nº 58-82, Las Brisas del Aeropuerto, a cumplir la pena de seis (6) años de prisión, por la comisión del delito de Robo Propio, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, SEGUNDO: Se mantiene la medida de coerción personal la cual es Privación Judicial Preventiva Libertad, en el Centro Penitenciario de Coro, Estado Falcón Remítase el asunto al Tribunal de Ejecución respectivo en el lapso de ley. Notifíq.....