En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y del Primer Circuito Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la solicitud de Inhabilitación Civil, incoada por la ciudadana DORIS MARIELA FERNANDEZ BORGES, contra su hermana, ciudadana CONSUELO DEL CARMEN FERNANDEZ BORGES; quedando, en consecuencia, designada como su Curadora Definitiva, la prenombrada solicitante; ambas plenamente identificadas.
Conforme a lo dispuesto en los artículos 413, 414 y 415 del Código Civil, en conexión con el artículo 65 cardinal 2º de la Ley de Registro Público y de Notariado, se ordena insertar la presente sentencia y el acta de juramentación de la Curadora Definitiva designada, en los respectivos Libros de Registro Civil competente y su publicación en un periódico de la localidad de circulación diaria.
Queda confirmada la sentencia proferida p.....