PRIMERO: El padre compartirá con su hija los fines de semana cada quince (15) días, el padre se compromete a retirar a la niña en casa de la progenitora los viernes a las 4:00 p.m., y regresarla los domingos a las 5:00 p.m. SEGUNDO: El día del padre, y el día del cumpleaños del progenitor, la niña compartirá con éste, y el día de la madre, y el cumpleaños de ésta con la progenitora. Con relación a las semanas de carnaval y semana santa del año 2.018, la niña compartirá con su madre en carnaval, y semana santa con el padre, alternándose los años sucesivos. El cumpleaños de la niña será compartido por ambos previo acuerdo entre los padres. TERCERO: Las vacaciones escolares serán compartidas entre ambos progenitores en intervalos semanales. CUARTO: Al respecto en la temporada decembrina del presente año, el veinticuatro (24) de diciembre la niña compartirá con el padre, y el treinta y uno (31) de diciembre con la madre, alternándose en años sucesivos. QUINTO: Los progenitores deben ga.....