DISPOSITIVA
Razón por la cual de lo antes analizado llevan a este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa- Guanare, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda la Revisión de Medida de Privación de Libertad al acusado PEDRO PABLO PRENÍA MÁRQUEZ, venezolano, de 45 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 6.581.338 natural de Santa Bárbara de Barinas, con fecha de nacimiento : 29/06/1962, de estado civil soltero y residenciado en el Barrio Coloncito, calle 11, casa Sin Número de Santa Bárbara de Barinas Estado Barinas y la SUSTITUYE CON RECLUSIÓN INTRADOMICILIARIA en la siguiente dirección: Urbanización Terrazas de Santo Domingo, Segunda Etapa, calle 16, casa N° 10 Municipio Bolívar del Estado Barinas con apostamiento permanente de funcionarios adscrito a la Comandancia de Policía del Estado Barinas, residencia del ciudadano Hermes Perní.....