Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: 1.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado ALBERTO MARTINEZ, en con carácter de defensor del acusado FELIX ANTONIO SOTO ALVARADO, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal, en función de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, en fecha 30 de marzo de 2006. 2.- Sin lugar la denuncia interpuesta con base en el numeral 2° del artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penas, es decir, por ilogicidad en la motivación de la sentencia. 3.- Con lugar la denuncia interpuesta con base en el numeral 4° del artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal, por la errónea aplicación del artículo 278 del Código Penal vigente para la fec.....