Por las razones antes expuestas este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal de este Circuito Judicial Extensión Acarigua en función de Ejecución, en nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA PENA de Ocho (8) Años de Presidio, impuesta al ciudadano SANDRO EMILIO JIMENZ PLATA, por la comisión del delito de ROBO A MANO ARMADA, Previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, en perjuicio de HUGO FERNEY SUAREZ y OSWALDO RAFAEL RANGEL, al haber ocurrido la muerte del penado; todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 103 del Código Penal.
Notifíquese del presente auto al Fiscal del Ministerio Público y al defensor.
Remítase Copia Certificada de la presente Resolución a la Dirección General de Custodia y Rehabilitación del Recluso, Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sanciones Penales del Ministerio del Interior y Justicia, con sede en Caracas. Líbrese lo conducente.
Regístrese, diarícese y déjese copia.
E.....