Se ordena la APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO, al ciudadano: LUIS JAVIER CORDOVA, Venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 30-01-78, soltero, indocumentado, titular de la cédula de identidad número: 13.228347, residenciado en la calle 2, casa N° 2, Urbanización Durigua II, Acarigua, Estado Portuguesa; por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el Artículo 460 en concordancia el artículo 80 ambos del Código Penal vigente para la fecha de los hechos, en perjuicio de los ciudadanos FERNANDO DA SILVA y YAJAIRA RODRÍGUEZ.