Ahora bien, no obstante que mediante auto del 16 de enero del 2015 (folio 34), se procedió a señalar el error en que se había incurrido al momento de certificar la boleta de notificación, la juzgadora considera pertinente que dicho error debió ser corregido mediante la reposición de la causa al estado de efectuar nueva certificación. Esto debido a los efectos que produce, en el proceso, la certificación de la notificación de la parte demandada, ya que al haber confusión en la misma, se estaría violando el debido proceso. En consecuencia se deja SIN EFECTO la certificación de la notificación, efectuada por el secretario abogado MAURO DEPOOL, que riela al folio 34 del presente expediente.
Sobre lo anteriormente expuesto, la juzgadora ordena reponer la causa al estado de efectuar nueva certificación del cartel de notificación de la parte demandada Instituto Universitario de Tecnología Antonio José de Sucre de Barquisimeto. Dicha certificación se efectuará una vez firme la pres.....