SIN LUGAR LA DEMANDA de divorcio propuesta por la ciudadana MARIA YOLANDA TORRES GRATEROL contra el ciudadano JOSE COROMOTO QUINTERO AZUAJE, ambos identificados en autos, fundamentada en la causal segunda del Artículo número 185 del Código Civil. Sin embargo vista la manifestación de las partes en su deseo de divorciarse este Tribunal acuerda el DIVORCIO REMEDIO, acogiendo la tendencia doctrinaria y jurisprudencial del Divorcio como solución o remedio.