Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el abogado GUSTAVO JUAREZ, en su carácter de apoderado judicial del demandante, ciudadano ALEXIS JOSE ALVARADO ESCALONA, contra la sentencia de fecha 02 de noviembre de 2011, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral del estado Portuguesa con sede Acarigua, de conformidad con lo establecido en el articulo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
SEGUNDO: NO SE CONDENA EN COSTAS, de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.