D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriores, este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución, Administrando Judicial en nombre de la República y por autoridad de la Ley, concede el beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL, al penado ALEXANDER GREGORIO PEÑA MORALES, titular de la cédula de Identidad N° 13.408.472, por cuanto están llenos los extremos exigidos por en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, supervisado por la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Lara, imponiéndole las siguientes condiciones:
• Cumplir con las fechas de las entrevistas que le sean fijadas por su Delegado de Prueba;
• Evitar el consumo de bebidas alcohólicas;
• No frecuentar lugares donde expendan bebidas alcohólicas;
• La que su delegado supervisor estime conveniente.
Regístrese la presente decisión y remítase copia con Oficio al Director del Centro de Pernocta de Barquisimeto y al Director de la Unidad Técnica de Apoyo al Sist.....