DECLARA, estas diligencias suficientes para asegurarle al ciudadano GUEDEZ TORREALBA JUAN BAUTISTA, antes identificada, el derecho, de propiedad y posesión, sobre las bienhechurias determinada, quedando siempre a salvo los derechos de terceros. Se deja constancia de que la solicitante no acompaño la autorización del Instituto Agrario Nacional (I.A.N) hoy, Instituto Nacional de Tierras (I.N.T.I). Se provee del respectivo TITULO SUPLETORIO sobre las bienhechurias edificadas dentro del referido terreno.-