En fecha 29 /03/2012, por cuanto no comparecieron los escabinos sorteados, fecha en la cual en vista de la inasistencia de los Escabinos sorteados, el Tribunal informa a las partes presentes que ya fue agotada las dos (02) convocatorias establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal. En el presente caso se aprecia que en efecto se convocó para el Juicio Oral y Público en las oportunidades relacionadas precedentemente sin que se hubiere logrado la comparecencia de los Escabinos sorteados, tanto en un primer sorteo ordinario como en el primer sorteo extraordinario, por lo que están dados los extremos establecidos en dicha norma para proceder a constituir el Tribunal en forma Unipersonal en consecuencia este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve ordenar la celebración del Juicio Oral y Público de manera UNIPERSONAL en la presente causa fijando su celebración para el día 02 de Mayo de 2012, a las 9:00 de l.....