DECISION
En virtud de las anteriores consideraciones, este JUZGADO DEL MUNICIPIO JIMENEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, ad/ministrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo previsto en el artículo 520 de la Ley Orgánica de Protección al Niño y al Adolescente DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la Solicitud de Pensión Alimentaria intentada por la SOLICITANTE: PATRI THAMAIRA COLMENAREZ, Venezolana, mayor de edad, de profesión u oficio del hogar, domiciliada en la Urbanización La Quiboreña, Terraza H, N° H24, Quibor, Municipio Jiménez del Estado Lara, y titular de la Cédula de Identidad N° V-14.352.058. En contra del OBLIGADO: STALIN IBRAHIM MARTINEZ REYEZ, Venezolano, mayor de edad, de profesión u oficio operador de maquinarias, domiciliado en la Avenida Florencio Jiménez, frente a Repuestos Sánchez, casa N° 26, Quibor, Municipio Jiménez Estado Lara, y titular de la Cédula de Identidad N° V-6.207.694. BE.....