la PERENCIA DE LA INSTANCIA y en consecuencia, EXTINGUIDO el procedimiento instaurado en la presente causa por el ciudadano CARLOS EDUARDO NOGUEIRA PRADO, titular de la Cédula de Identidad Nro. 20.813.123, asistido por la abogada GLORIMAR JOSEFINA CAÑIZALEZ RUIZ, inscrita en el INPREABOGADO Nro. 239.095, contra los ciudadanos JORBIS MANUEL SOSA QUERALES y JOSE MANUEL PARRA, titulares de la Cédula de Identidad Nros. 16.861.940 y 14.887.971, respectivamente.