DECISIÓN
En merito a las consideraciones expuestas, este Juzgado de los Municipios Agua Blanca y San Rafael de Onoto del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de Medida Cautelar de descuento directo de la nómina de trabajo por Obligación de Manutención formulada por la ciudadana PETRA MARÍA SEQUERA CARRASCO en representación de su hijo, derivado de la acción de fijación, por obligación de Manutención contra el padre del niño, "identidad omitida", ciudadano NAUDY JOSÉ JUAREZ.
SEGUNDO: En consecuencia, acuerda como medida cautelar que se le retenga de la nómina por concepto de obligación de Manutención del salario que devenga el ciudadano: NAUDY JOSE JUAREZ, la cantidad de OCHENTA BOLÍVARES FUERTES (BS.80,oo) mensuales. Por otra parte, deberá suministrar, adicionalmente, la cantidad de Ciento Sesenta .....