En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar la apelación formulada por la parte actora, en el presente juicio de divorcio, seguido por la ciudadana CLARA INES PRADA, contra el ciudadano JOSE DE JESUS MARIN CARRENO, ambos identificados.
En consecuencia, queda disuelto el matrimonio católico, celebrado entre los prenombrados ciudadanos, según Acta Nº 110, el 15-06-1975, en la Parroquia Cristo Resucitado el Señor, Departamento de Santander, República de Colombia, cuya Acta de matrimonio, fue asentada ante la Notaría 28, Municipio Bucaramanga, Departamento Santander del Municipio Bucaramanga, República de Colombia el día 24-07-1975; y posteriormente, inscrita en la Oficina Municipal de R.....