D I S P O S I T I V A
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de divorcio propuesta por el ciudadano ANTONIO JOSE BARRIOS GONZALEZ contra la ciudadana NAYLETH GABRIELA EUGENIO JAIMES, ambos identificados en autos, fundamentada en las causales segunda y tercera del Artículo número 185 del Código Civil. Y Así se decide.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos por ante la oficina de Registro Civil del Municipio Francisco Linares Alcantara del estado Aragua , en fecha en fecha 9 de mayo del año 2014, tal como consta en el Acta Nº 076, conforme al Artículo 184 ejusdem. Y Así se decide.
TERCERO: LA PATRIA POTESTAD Y LA RESPONSABILIDAD DE CRIANZA del niñ.....