Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos MIGUEL ALEXIS MUÑOZ FERNANDEZ y CRUZOLIA DEL VALLE AGUILAR GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 10.721.689 y 12.009.698, respectivamente, por ante este Tribunal en esta misma fecha, sobre la REVISION DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en beneficio de su hija xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, de 10 años de edad, la cual ha sido aumentada en la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00) mensuales, en el mes de Septiembre, el padre comparara útiles escolares, en el mes de Diciembre comparara vestuarios y calzados, así mismo el padre se compromete a cancelar los gastos por honorarios médicos y medicinas, dicha cantidad de dinero será depositada en Banfoandes en la cuenta de ahorro Nº 0007-0014-24-0010077566 a nombre del Tribunal Supremo de Justicia a beneficio de la referida niña; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de la niña, el Tribunal le imparte su homologación y le da car.....