Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Juicio Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA a los adolescentes Datos de identificación omitidos por razones de ley, antes identificados, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto en el artículo 458 del Código Penal cometido en perjuicio de la ciudadana Livia González, a cumplir de manera simultanea las medidas de: Libertad Asistida, de conformidad a lo previsto en el artículo 626 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente y Reglas de Conducta, por el lapso de un (01) año, de conformidad a lo previsto en el artículo 624 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.
Se declara el cese de las medidas cautelares dictadas por el Juez de Control, en virtud de que la finalidad de las mismas era asegurar l.....