DISPOSITIVA.
Por la razones antes expuestas y existiendo suficientes elementos de convicción, este Tribunal de Control Nº 1 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Condena de conformidad con lo establecido en el artículo 578 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a los adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS POR RAZONES DE LEY, por la comisión de uno de los Delitos de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD, específicamente el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 458 de la Reforma del Código Penal, e IMPONE a cumplir la sanción definitiva de:
1.- LIBERTAD ASISTIDA de conformidad con lo establecido en el articulo 626 de la Ley Orgánica de Protección al niño y al adolescente. Con un lapso de cumplimiento de un (01) año y sei.....