Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación, interpuesto por el abogado JOSÉ LUÍS YANEZ ALVARADO, identificado con matricula bajo el número de Inpreabogado bajo el Nro.- 155.414, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada AGRICOLA A Y B C.A., contra la sentencia de fecha 01 de octubre del año 2012, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa con sede en la ciudad de Acarigua, de conformidad con el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
SEGUNDO: SE CONDENA EN COSTAS, de conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.