DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Califica como flagrante la aprehensión de la que fue objeto el ciudadano Rojas Rubio Nelson José, venezolano, mayor de edad, natural de Bocono Estado Trujillo, de 21 años de edad, nacido en fecha 14-04-1983, soltero, de profesión u oficio indefinido, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.705.282, y domiciliado en el Barrio el Rosal, subiendo a 200 metros del Acueducto, casa s/n, calle Cementerio Nuevo, Biscucuy Municipio Sucre del Estado Portuguesa, por los delitos de Posesión de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Vene.....