Por todo lo antes expuesto, este Tribunal en nombre de la República y por autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara: INADMISIBLE la solicitud propuesta por el ciudadano NAUDY FRANCISCO CASTILLO VILORIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.15.171.763 y de este domicilio contra CONSTRUCTORA INTAN, C.A. y TRANSBARCA. Es todo. Así se decide.-