Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Admite parcialmente la acusación presentada por el Ministerio Público en contra de SAADEDINE ALÍ AWADA, titular de la cédula de identidad Nº 24.942.338, soltero, domiciliado, avenida los leones con avenida Lara edificio galería Swit piso 7 apartamento 7-2 de esta ciudad, por el delito de USO DE MARCA FALSIFICADA, previsto y sancionado en el artículo 337 del Código Penal, así como las pruebas ofrecidas para ser llevadas a Juicio. Ahora bien por cuanto el acusado hizo uso de una de las Alternativas a la Prosecución del Proceso, se acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, otorgar la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO al acusado SAADEDINE ALÍ AWADA, por el lapso de un (01) año, debiendo cumplir las siguientes condiciones establecidas en el artículo 44 del Código Orgánico Procesal Pe.....