DISPOSITIVA
Por las razones antes expuesta, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Juicio Nº 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO de la causa seguida contra el ciudadano Juan Francisco Cobarrubia, titular de la cédula de identidad N° V-9.153.502, de conformidad con lo establecido en el numeral 2° del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, por el delito de Detentación de Cartuchos, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal en concordancia con el artículo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos. Ordenándose el archivo definitivo de la presente causa una vez transcurrido el lapso de Ley.
Téngase por notificadas las partes presentes por cuanto el presente pronunciamiento se dictó en sala. Regístrese, diarícese y certifíquese.
La Jueza de Control N° 1,
Abg. Elker C. Torres Caldera.
La secretaria,
Abg. A.....