Por las razones antes expuestas, es por lo que, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, realizada por el ciudadano OSCAR ENRIQUE PEÑA ROJAS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº. V- V-14.866.198, contra de la ciudadana MARIA SOBEIRA MONTES GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V- 17.101.317. SEGUNDO: En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron ante el Registro Civil de la Parroquia Camacaro, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Lara, en fecha 21 de marzo de 2013, acta de matrimonio Nº 12, año 2013, asentada en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados ant.....