Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, decide HOMOLOGAR EL PRESENTE ACUERDO, dándole efectos de Cosa Juzgada, declarándose concluido el presente proceso única y exclusivamente respecto de las codemandantes LETZARINA COLMENAREZ, WIANNERY ONTIVEROS y ROSMARY COLMENAREZ; continuando la causa en esta fase de mediación respecto de los comandantes CELSA ALVARADO y JEFFERSON MEDINA. Así se decide.