Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos LUIS EDUARDO GONZALEZ CASTELLANOS e ILSIS LAIDEE URQUIOLA, venezolanos, mayor de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 9.403.996 y 10.724.287 respectivamente, sobre la REVISION DE OBLIGACION ALIMENTARIA, del ciudadano Luis Eduardo Gonzalez Castellanos, en beneficio de su hija la adolescente **************************************, de 12 años de edad, la cual ha sido fijada a la cantidad de Bs. 100.000,00 mensual, en el mes de septiembre el padre se obliga a comprar uniformes escolares, en el mes de diciembre la cantidad de Bs. 500.000,00; asimismo el padre cancelara el 50% del valor de los Honorarios médicos y la medicina cuando sea necesario; la cantidad de dinero mensual será depositada en una cuenta de ahorro que aperturara la madre de la adolescente en la entidad financiera que indique el Tribunal; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de la adolescente en cuestión, el Tribunal le imparte s.....