este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado WILLINTON JOSE FERNANDEZ REYES, venezolano, de veinticuatro (26) años de edad, nacido el día 27-08-80, de profesión u oficio obrero, titular de la Cédula de Identidad N° 14.178.415, residenciado en la calle 40 con Avenida 23, Vereda 1, casa sin número, Barrio Villa Pastora, Acarigua, Estado Portuguesa, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal vigente para la fecha, cometido en perjuicio del ciudadano JHON ALEXANDER GRATEROL GALLARDO (occiso) imponiéndole la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias previstas en el articulo 13 del Código Penal a saber: 1.- La Interdicción civil durante el tiempo de la pena; 2.- La inhabilitación política durante el tiempo.