Por las razones expuestas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
1) EL DECAIMIENTO del objeto del recurso contencioso tributario intentado por el ciudadano ROBERTO JOSÉ SAAB GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.140.689, en su carácter de Apoderado Judicial, de la empresa ADUAIMPORT, CA, según se evidencia de documento poder otorgado por ante la Notaría Pública Segunda de Punto Fijo, en fecha 09 de febrero de 2006, inserto bajo el Nº 96, Tomo 10 de los Libros de Autenticaciones llevados en esa Notaría; en contra de la Planilla de Liquidación Nº 0590045111, Forma 99080, de fecha 10 de octubre de 2005, emitida por la Aduana Principal Las Piedras-Paraguaná, Estado Falcón.
2) EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa. En consecuencia se procede al archivo del expediente.