DISPOSITIVA:
Pos las motivaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Unipersonal de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado IDENTIDAD OMITIDA , antes identificado por el delito de EXTORSION, previsto en el artículo 459 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano José Vicente Torres Guerra, a cumplir las sanciones de Reglas de Conducta, prevista en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por el lapso de UN (1) AÑO y la sanción de Libertad Asistida, prevista en el artículo 626 ejusdem, por el lapso de UN (1) AÑO y SEIS (6) MESES, de manera sucesiva, siguiendo las pautas establecidas en el artículo 622 de la citada ley.
Se deja constancia que la parte dispositiva del presente fallo, fue leída en audiencia oral y privad.....