DISPOSITIVA
Por los motivos antes expuestos y sus fundamentos, éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección De Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa-Extensión Acarigua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio y, en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL que unía a los ciudadanos HURTADO ALVARADO DONAILET COROMOTO y REYES MELENDEZ DANIEL ENRIQUE, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros, V-12.963.718 y V-12.448.928; respectivamente; en virtud del matrimonio civil contraído en fecha 10 de Enero 2.004, según consta en acta Nº 22 por ante la Alcaldía del Municipio Turen del Estado Portuguesa. Y así se Declara.
En consecuencia, y por efectos de la entrada en vigencia de la normativa sustantiva de.....