/Se dicto sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva mediante la cual este Tribunal declara HOMOLOGADO el DESISTIMIENTO efectuado en la presente demanda interpuesta por el abogado ANTONIO RAMON MOLINA SILVA, identificada en la narrativa de este fallo. En consecuencia, procédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Asimismo se acuerda Devolver los documentos originales consignados, previa su certificación en autos de conformidad con el artículo 112, del Código de Procedimiento civil y se da por terminada la misma y se ordena su remisión a la Oficina de Archivo Judicial Regional, a los fines de su archivo y cuido, previa su integración al legajo respectivo.-