DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto Ciudadano Domingo Meléndez Rodríguez, asistido por el Abg. DOUGLAS RODRIGUEZ, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 11 (extensión Carora) de éste Circuito Judicial Penal, en fecha 27/04/2014 y fundamentada 04/04/2014 mediante el cual declaro SIN LUGAR la solicitud de la entrega del vehiculo MARCA CHEVROLET, MODELO: C-31. PLACAS: 80WMAA, COLOR: BEIGE, AÑO 1986, SERIAL CARROCERIA: CC33TGV2205655 (FALSO), SERIAL DE MOTIR: TGV205655, CLASE: CAMION, TIPO: ESTACS, USO CARGS, por los ciudadanos Pedro Domingo Méndez titular de la cedula de identidad v-5.933.98 y José De Los Santos González.
Regístrese y Publíquese.
Dada,.....