Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO, el recurso de apelación interpuesto por el abogada PEDRO RAMON CASTILLO, contra decisión de fecha 13/02/2019 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sede Acarigua, por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión de fecha 13/02/2019 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sede Acarigua, por las razones expuestas en la motiva.
TERCERO: No se condena en costas a la parte demandante recurrente, de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica del Trabajo.